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Sin embargo, los gobernadores e intendentes podrán cobrar esos cargos extra por fuera de las boletas, lo que al final redunda en que no habría un impacto en el bolsillo de los consumidores, que se verán igualmente obligados a pagar por otras vías.
Esto reviste un especial interés en el caso del alumbrado público, ya que las distribuidoras eléctricas Edenor y Edesur no podrán garantizarse el pago de los vecinos como lo hacen hasta ahora al cobrarlo en las boletas, tal cual establecen sus contratos de concesión -el artículo 34 de sus contratos prevé una alícuota del 6,424%-.
¿Problemas con la seguridad?
Los intendentes peronistas del conurbano se activaron esta semana y tuvieron dos reuniones. El lunes se juntaron los de la tercera sección electoral, y este miércoles los de la primera, en Merlo, casualmente donde reaparecerá la ex presidenta Cristina Kirchner el viernes 13.
Los jefes comunales coincidieron en que con esta medida del Gobierno nacional no podrán pagar el alumbrado público. «Van a convertir el conurbano en una boca de lobo. No lo podemos pagar sin esas tasas«, señaló un intendente de la tercera sección, preocupado por la seguridad del municipio y también de su caja.
El dirigente peronista anticipó que irán a la Justicia para que avale su postura de seguir cobrando, así como que harán una campaña en todos los distritos para que «quede claro» que si hubiera problemas de seguridad por la falta de alumbrado público sería «responsabilidad absoluta» del gobierno de Javier Milei y no de los municipios, «donde no nos alcanza la guita para costear eso».
La resolución oficial
En concreto, la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Comercio, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, prevé que no se podrán agregar cargos a las facturas de los servicios.
«Estamos defendiendo la transparencia y al ciudadano, porque los aumentos de las tasas municipales que estamos viendo probablemente no tienen una justificación asociada. Queremos que les quede claro a los vecinos que estas subas de los servicios no son provocadas por el Gobierno nacional, sino por sus propios intendentes«, declaró el ministro de Economía, Luis Caputo.
«Estas prácticas se han tornado sistemáticas en municipios de la provincia de Buenos Aires y en distintas localidades y provincias del país, y constituyen un incumplimiento a la Ley de Defensa del Consumidor, la cual establece que las empresas proveedoras están obligadas a proporcionar al consumidor de forma cierta, clara y detallada las condiciones de contratación del servicio», explicaron fuentes oficiales.
«Esto representaba no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino también a la libertad de elección del consumidor», agregaron.
Según comentaron fuentes del sector eléctrico, en tanto, los impuestos nacionales, provinciales y tasas municipales componen cerca del 31% en promedio de las boletas finales, con gran incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) -de carácter nacional- pero también con peso de las contribuciones municipales y el alumbrado público.
Incluso, este año el gobernador de Buenos Aires, Axel Kicillof, restableció el cobro de un 4% para hogares y 1% para comercios destinado al Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico de la provincia, establecido por el Decreto Ley 7.290/1967, que impacta en todos los usuarios bonaerenses.
El Gobierno interpreta que el artículo 3° de las leyes 24.240 de 1993 y 26.361 de 2008, que norman la Defensa del Consumidor, tiene mayor validez jurídica para regular las relaciones de consumidores y proveedores que los contratos de concesión de las empresas de servicios públicos.
Hay quienes, sin embargo y por lo bajo, advierten problemas en la constitucionalidad de la resolución, ya que la Nación avanzaría sobre la autonomía de las provincias y municipios.
Alejandro «Topo» Rodríguez, director del Instituto Consenso Federal, dijo que «si el Poder Ejecutivo quiere que la Ley de Defensa del Consumidor diga que ‘en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios, la información deberá referirse única y exclusivamente al bien o servicio contratado’, entonces el Gobierno debería enviar un proyecto al Congreso para modificar la Ley», puesto que hoy no está escrito explícitamente así.